El municipio será objeto en este mes de una campaña ordinaria de desratización y desinsectación

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El municipio será objeto en este mes de una campaña ordinaria de desratización y desinsectación

La Concejalía de Salud Pública, que dirige Rosalía Rodríguez Alemán, informa que a través de la Mancomunidad de Municipios de MeImagedianías se presta un servicio de desratización y desinsectación en alcantarillado y arquetas de alumbrado público en los diferentes núcleos poblacionales del término municipal. El tratamiento ordinario se realiza cada cuatro meses, habiéndose realizado el último en abril, y el próximo previsiblemente a finales de agosto. En todo caso, la ciudadanía puede solicitar tratamientos extraordinarios, llamando a la Concejalía, que se realizarán en la red de alcantarillado junto al domicilio.

Así mismo, la Concejalía de Urbanismo, que dirige Eduardo Martín Almeida aprovecha la ocasión para recordar a la ciudadanía la obligatoriedad que sobre la limpieza de terrenos y solares establece las Normas Subsidiarias Municipales de Santa Brígida, dado que según O.D. Nº 1463 de 30 de diciembre de 1990: “Todo propietario tiene el deber genérico de conservar cualquier tipo de suelo, edificación,o instalación erigida y a lo largo de todo el período de vida de estas últimas, en condiciones que garanticen su seguridad, salubridad y ornato públicos. El mantenimiento de dichas condiciones, así como la imposición de la ejecución de obras en un bien inmueble por razón del interés turístico o estético, podrá ser exigido por las órdenes de ejecución emanadas del Ayuntamiento o de los Organismos Públicos habilitados al efecto”.

Así mismo, el Título II que trata de la Limpieza de terrenos y solares, en su artículo 7º, apartado 1º, establece que “Los propietarios de toda clase de terrenos y construcciones deberán mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, y ornato público, quedándoles expresamente prohibido mantener en ellos basuras, residuos sólidos urbanos o escombros”.

Finalmente, el Título III, Artículo 9º, Apartado 1º de la Ordenanza Especial Reguladora de la Limpieza y Vallado de Terrenos y Solares dice: “Los propietarios de solares deberán mantenerlos vallados, mientras no se practiquen obras de nueva construcción por razones de seguridad o salubridad y ornato público”.

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