La Comisión de Cuentas, Hacienda, Patrimonio y Contratación del Ayuntamiento de la Villa de Santa Brígida acordó llevar a Pleno la reducción del tipo impositivo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) para que los vecinos y vecinas del municipio no vean incrementado el impuesto en el año 2017 a causa del incremento del valor catastral de las viviendas, a propuesta de la Concejalía de Tesorería y Recaudación que dirige Purificación Amador.
Los vecinos y vecinas del municipio satauteño no verán incrementado el coste del IBI que pagarán el año próximo tras el acuerdo adoptado por la Comisión Informativa Especial de Cuentas, Hacienda, Patrimonio y Contratación del Ayuntamiento de Santa Brígida que acordó en sesión ordinaria la propuesta de aprobación del Artículo 12.1 de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles cuya cuota se reduce del 0,60 al 0,58%, lo que permitirá que los y las propietarios de viviendas paguen el mismo importe por dicho impuesto en el ejercicio 2017, según destacó la concejala. Este cambio se debe a que durante el presente año se ha realizado la revisión del catastro en el municipio, lo cual ha supuesto una variación en el valor catastral de las viviendas así como la regulación de numerosos bienes inmuebles urbanos y rústicos con construcción, así como de las alteraciones de sus características.
La actualización del catastro favorecerá a los vecinos al poner al día todas las viviendas, equipamientos y ampliaciones que podrán ser escrituradas por sus propietarios en el Registro de la Propiedad una vez se incorporen al listado de la Contribución Urbana del municipio. Este es un procedimiento que dio comienzo en el territorio nacional en 2013, excepto el País Vasco y Navarra. La iniciación del procedimiento, que es de oficio, se comunicará a los interesados cuando finalice el trabajo de campo para que puedan realizar las alegaciones que estimen oportunas.
Según la concejala Purificación Amador, este proceso será positivo para aquellos vecinos que no disponen de toda la documentación necesaria para poder inscribir en el Registro su propiedad. Ello es posible gracias a que las modificaciones legislativas han establecido que los datos bienes inmuebles han de coincidir con la ficha catastral para poder ser inscritos en el Registro de la Propiedad.
Los datos recogidos por el Centro de Gestión Catastral han dado lugar a que se localice más de un 20% de nuevos propietarios o propiedades que no figuraban en el catastro municipal. Igualmente, se incorporarán las ampliaciones e instalaciones nuevas. Con ello, se producirá un aumento de las altas en el Padrón de Bienes Inmuebles.
En la citada Comisión de Cuentas, Hacienda, Patrimonio y Contratación también se acordó la aprobación de la modificación de la Ordenanza Fiacal Reguladora d ella tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público.
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