Equipo de Gobierno

D. JOSÉ MIGUEL BRAVO DE LAGUNA (UxGC)

ALCALDE- PRESIDENTE

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Curriculum Vitae

D. JOSÉ ARMANDO ARMENGOL MARTÍN (ANDO SATAUTE)

Primer Teniente de Alcalde

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Curriculum Vitae

D. CARLOS CARRIÓN MARRERO (PSOE)

Segundo Teniente de Alcalde

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Curriculum Vitae

Dña. ROSALÍA RODRÍGUEZ ALEMÁN (ANDO SATAUTE)

Tercer Teniente de Alcalde

928648181 ext.0500


Curriculum Vitae

Dña. MARÍA LOZANO LORDÁN (PSOE)

Cuarto Teniente de Alcalde

928648181 ext.0503


Curriculum Vitae

Dña. AVELINA FERNÁNDEZ MANRIQUE DE LARA (ANDO SATAUTE)

Quinto Teniente de Alcalde

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Curriculum Vitae

D. JOSÉ JAVIER RAMÍREZ MENDOZA (ANDO SATAUTE)

928648181 ext.0501


Curriculum Vitae

Dña. MARÍA PURIFICACIÓN AMADOR MONZÓN (UxGC)

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Curriculum Vitae

D. ADRIÁN CAMACHO MAYOR (PSOE)

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Curriculum Vitae

D. ADRIÁN GARCÍA ARMAS (ANDO SATAUTE)

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Curriculum Vitae

[Revisado 27 de octubre 2023]

Por Decretos de la Alcaldía Presidencia Celebradas las elecciones municipales el pasado 28 de mayo de 2023 y vista la sesión constitutiva del Ayuntamiento de fecha 17 de junio de 2023, se hace preciso proceder a la configuración de la nueva corporación municipal efectuando las delegaciones genéricas y especiales en los concejales delegados con señalamiento de las facultades y el alcance de su competencias, las siguientes áreas.

– A D. José Armando Armengol Martín, el área de HACIENDA, PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA, COORDINACIÓN INSTITUCIONAL, CONTRATACIÓN, DESARROLLO SOCIOECONÓMICO Y RURAL Y MERCADOS MUNICIPALES.

– A D. Carlos Carrión Marrero, el área de DEPORTES, SERVICIOS SOCIALES, ACCESIBILIDAD, EMPLEO Y RECURSOS HUMANOS.

– A Dª. Rosalía Rodríguez Alemán, el área de SERVICIO DE ATENCIÓN CIUDADANA, PARTICIPACIÓN, IGUALDAD, SALUD PÚBLICA (BIENESTAR ANIMAL), SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS Y SERVICIO DE LIMPIEZA.

– A Dª. María Lozano Lordán, el área de URBANISMO, VIVIENDA Y PATRIMONIO.

– A Dª. Avelina Fernández Manrique de Lara, el área de CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL E HISTÓRICO, COMUNICACIÓN, NUEVAS TECNOLOGÍAS Y TRANSPARENCIA.

Conferir delegación especial en las siguientes materias:

– A D. José Javier Ramírez Mendoza, el área de VÍAS Y OBRAS, ALUMBRADO, ABASTECIMIENTO DE AGUA, SANEAMIENTO Y FESTEJOS.

– A D. Adrián García Armas, el área de JUVENTUD, EDUCACIÓN, COMERCIO, TURISMO, PARQUES Y JARDINES Y MEDIO AMBIENTE.

– A D. Adrián Camacho Mayor, el área de SEGURIDAD Y MOVILIDAD, SERVICIOS FUNERARIOS, MAYORES Y VOLUNTARIADO.

– A Dª. María Purificación Amador Monzón, el área de POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL, RECAUDACIÓN, GESTIÓN DE LA DEUDA Y TESORERÍA.

Las delegaciones anteriores son de carácter genérico conllevando la facultad de dirigir los servicios correspondientes, como la de gestionarlos en general, con la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros. Y concretamente se delegan las siguientes competencias:

1. La facultad de efectuar contrataciones y concesiones de toda clase, cuyo valor estimado sea inferior a 40.000.-€ para los contratos de obras; o a 15.000.-€ para los contratos de suministro y servicios. La facultad implica la autorización y disposición del gasto, así como la aprobación de los proyectos de obras y servicios.

2. Suscribir propuesta de Acuerdo a la Junta de Gobierno y Pleno en materias de su competencia.

3. Resolución de expedientes por infracción a las Ordenanzas y Reglamentos Municipales con relación a su área. Expedientes sancionadores por infracción.

4. Ordenar la expedición y otorgar el visto bueno de las certificaciones relativas a sus respectivas Áreas.

5. Gestionar y proponer, previos los correspondientes informes, la aprobación de convenios de colaboración con Administraciones Públicas que incidan en materias propias de su respectiva Área.

6. Ordenar la publicación de disposiciones y resoluciones administrativas y hacer cumplir los acuerdos del Ayuntamiento en su Área correspondiente.

7. La garantía del cumplimiento de las Ordenanzas, Reglamentos y demás disposiciones legales de aplicación en el municipio en el ámbito de su competencia.

8. Controlar y mantener vehículos y maquinaria adscrito a su Concejalía.

9. Dirigir, controlar y supervisar la prestación del trabajo realizado por el personal municipal o contratas privadas en el ámbito de su Área.

10. Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras municipales de su Área.

11. Adoptar los acuerdos no recurribles en materia de expropiación forzosa.

12. Ordenar y disponer el cumplimiento y ejecución de las Sentencias Judiciales que afecten a su Área.

13. Aprobación de Convenios con instituciones privadas, a excepción de Convenios urbanísticos.

14. Resolver reclamaciones previas a la vía civil y laboral.

15. Adoptar acuerdos no recurribles en materia de expropiación forzosa.

16. Celebración de matrimonios civiles a todos los concejales de la corporación, indistintamente.

17. Adopción de actos administrativos de convocatorias, concesión o denegación y reintegro de subvenciones de la respectiva área.

18. Adopción de actos administrativos de incoación y resolución de expedientes de Responsabilidad Patrimonial de su área.

19. Aprobación de las bases para concesión de premios de toda índole.

20. Solicitud y aceptación de subvenciones a otras Administraciones.

21. Exigir y liquidar los ingresos públicos y privados que resulten de los bienes adscritos y actividades administrativas de las respectivas áreas.

22. Designación de los directores de obras en cada área, y aprobación de las certificaciones de obras y facturas adjuntas a la misma.

23. Resolver los expedientes de revisión de oficio de sus actos dictados.

24. Las demás que expresamente le atribuyan las leyes y aquellas que la legislación del Estado o de las Comunidades Autónomas asignen al Municipio y no atribuyan a otros órganos municipales.

El Sr. Concejal Delegado del área de Hacienda y Contratación, tendrá además, las siguientes facultades resolutorias:

1. Corresponderá dentro de los créditos autorizados en los presupuestos, la
autorización y disposición de los gastos, reconocimiento y liquidación de las
obligaciones derivadas del compromiso de gasto legalmente adquiridos.

2. Aprobación de expedientes de reconocimiento extrajudicial de créditos que no sean competencia del Pleno.

3. Desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el presupuesto

4. Aprobación de expedientes de modificaciones presupuestarias.

5. La supervisión y conformidad de la facturación correspondiente a la partida presupuestaria de Régimen General.

6. Efectuar contrataciones y concesiones que supere los importes correspondientes a contratos menores y hasta el límite de la facultad de contratación de la Alcaldía.

7. Suscripción y formalización de los contratos administrativos.

8. Autorización y disposición de gastos asociados a la contratación.

9. Aprobación de los proyectos de obra objeto de contratación de su competencia.

10. Comunicaciones y resolución de expedientes de Padrón – Estadística.

11. Actos administrativos relacionados con el Registro de Parejas de Hecho.

12. Resolver los expedientes de revisión de oficio por omisión de la fiscalización.

13. Designación de los directores de obras en cada área, y aprobación de las
certificaciones de obras y facturas adjuntas a la misma.

El Sr. Concejal Delegado de Recursos Humanos tendrá además, las siguientes facultades resolutorias:

1. Aprobación de las bases de selección del personal.

2. Aprobación de los expedientes de nómina y demás conceptos retributivos del personal.

3. Resolución de las reclamaciones previas en la vía laboral.

4. Suscripción de actas de cese y tomas de posesión.

5. Resolución de los expedientes relacionados con el personal.

La Sra. Concejala Delegada de Urbanismo, tendrá además, las siguientes facultades resolutorias:

1. Otorgamiento y denegación de licencias urbanísticas y de actividades, salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan al Pleno o a la Junta de Gobierno Local.

2. Dictar cuantas resoluciones sean precisas para restaurar el orden urbanístico infringido.

3. Imponer las sanciones procedentes en materia de Disciplina Urbanística,
Actividades Inocuas y Clasificadas conforme la normativa en vigor aplicable.

4. Dar cuenta a la jurisdicción ordinaria de los ilícitos urbanísticos o del
incumplimiento de los órdenes municipales a efectos de exigencia de
responsabilidad penal en que hubieran podido incurrir los infractores.

5. Ordenar el cese y clausura de las actividades que se ejerzan sin licencia de actividad o instalación o funcionamiento que fuere preceptiva.

6. Precintar las actividades o instalaciones a que se refiere el apartado anterior.

7. Ordenar el restablecimiento urbanístico infringido.

El Sr. Concejal Delegado de Seguridad y Movilidad tendrá además, las siguientes facultades resolutorias:

1. Resolución en expedientes de otorgamiento, transmisión, rescate, suspensión y ejercicio de los derechos de tanteo y retracto en materia de taxis.

2. Resolución en expedientes de señalética y ordenación del Tráfico y definición de zonas de estacionamiento regulado.

La Sra. Concejal Delegada del área de Tesorería, tendrá además, las siguientes facultades resolutorias:

1. La ordenación de pagos de las obligaciones previamente reconocidas y liquidadas, inclusive el pago material y la facultad de disponer de los fondos municipales mancomunada y solidariamente, así como resolver otras formas de extinción de la deuda.

Si no se dispone otra cosa, el órgano delegante conservará las siguientes
facultades en relación con la competencia delegada:
a) La de recibir información detallada de la gestión de la competencia delegada y de los actos o disposiciones emanados en virtud de la delegación.
b) La de ser informado previamente a la adopción de decisiones de trascendencia.
c) Los actos dictados por el órgano delegado en el ejercicio de las atribuciones delegadas se entienden dictados por el órgano delegante, correspondiendo, en consecuencia, a éste la resolución de los recursos de reposición que puedan interponerse.

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